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Visa para Jubilados y Pensionados

Visa de Pensionado Turista bajo la Nueva Ley

Este programa permite a los extranjeros obtener la residencia legal permanente en Panamá bajo la condición de que estén jubilados o pensionados. Según el Servicio Nacional de Migración de Panamá, no se requiere una edad mínima para calificar. Los solicitantes deben demostrar que reciben ingresos por jubilación (o pensión) de al menos US$1,000 mensuales de por vida. Si el solicitante puede presentar documentación que demuestre que posee una propiedad inmobiliaria a su nombre por más de US$100,000.00, el ingreso mínimo por pensión requerido puede ser de US$750.00 mensuales.

En el caso de que una pareja casada solicite el estatus de pensionado, se podrá sumar la pensión de ambos solicitantes para cumplir con el requisito mínimo.

Procedimiento para Solicitar la Residencia:

  1. Se requiere una visita a Panamá para registrar su pasaporte en la Oficina de Migración. También firmará un Poder Especial para que nuestro bufete de abogados gestione su trámite migratorio y dé inicio al proceso de la Visa Permanente. (Para la visita a migración no se permite usar pantalones cortos, sandalias ni camisetas sin mangas).

  2. Presentar todos los documentos requeridos.

  3. Nuestro bufete presentará su solicitud de Visa Permanente.

  4. El día siguiente de presentada la solicitud, coordinaremos con el solicitante una visita a las oficinas de migración para obtener la cédula de residencia temporal por seis (6) meses, que tendrá durante el proceso de aprobación. Nota: Para estos trámites, el solicitante y cualquier dependiente deben permanecer al menos cinco (5) días hábiles en la Ciudad de Panamá para completar el registro en migración, la solicitud de residencia y la obtención del carné de residencia temporal, permitiéndole salir del país con su nuevo estatus migratorio.

  5. Aproximadamente seis (6) meses después de presentada la solicitud, Migración emitirá la resolución final aprobando su residencia permanente.

  6. Una vez emitida la resolución aprobatoria, le notificaremos para coordinar su retorno a migración para tomarse la nueva fotografía para la cédula de residencia permanente.

Documentos Requeridos (para el trámite migratorio):

  1. Fotocopia completa del pasaporte vigente del solicitante (y dependientes, si aplica), incluyendo la página con la foto (nombre, fecha de nacimiento, número de pasaporte, lugar de emisión, etc.), y todas las demás páginas, incluyendo el sello de entrada al país. Esta fotocopia se debe presentar luego del registro del pasaporte en migración. El pasaporte debe tener una vigencia mínima de 6 meses a partir de la fecha de solicitud. Estas copias se pueden hacer en nuestra oficina.

  2. Seis (6) fotos tamaño pasaporte del solicitante (y de los dependientes, si aplica).

  3. Certificado de Buena Salud, emitido por un hospital o clínica panameña, firmado por un médico registrado, indicando que el solicitante (y dependientes, si aplica) no tiene enfermedades contagiosas y está en buen estado físico y mental. Podemos asistirle en la obtención de este documento durante su estadía en Panamá.

  4. Prueba de Pensión:

    • a. Si la pensión proviene de una institución gubernamental o de la seguridad social: Debe presentar una certificación de dicha institución gubernamental que indique que recibe una pensión de al menos US$1,000 mensuales de por vida.

    • b. Si la pensión proviene de una corporación privada: Debe presentar una carta membretada de la empresa administradora de pensiones que paga su pensión, firmada por un representante autorizado, con información de contacto completa para verificación, certificando que recibe una pensión vitalicia de al menos US$1,000 mensuales. Este documento debe ser autenticado por el Consulado Panameño más cercano o debidamente apostillado en el país de emisión.

      • A. Carta de la empresa indicando que como parte de su plan de retiro, le pagan una pensión de por vida.

      • B. Carta de la empresa administradora de pensiones indicando que gestionan su pensión y cuentan con los fondos suficientes para continuar con los pagos vitalicios. Si la empresa que paga la pensión no es una administradora de pensiones, sino su ex empleador, entonces la carta debe indicar que pagan la pensión como resultado de su retiro, administran los fondos, y cuentan con los recursos para pagar la pensión de por vida. Este documento debe ser autenticado por el Consulado Panameño o debidamente apostillado.

      • C. Certificación de la autoridad gubernamental correspondiente que confirme que ambas empresas (la empleadora y la administradora de pensiones) están legalmente constituidas y en regla. Este documento debe ser autenticado o apostillado.

      • D. Copias de prueba de pago de pensión (cheques, estados de cuenta bancarios con depósitos, etc.), firmadas y selladas por un funcionario bancario. Este documento también debe ser autenticado o apostillado.

  5. Certificado de antecedentes penales del país de residencia en los últimos dos (2) años, para el solicitante principal y cualquier dependiente mayor de 18 años. Este certificado debe cumplir con lo siguiente:

    • No tener más de seis (6) meses de emisión al momento de la solicitud.

    • Si es ciudadano estadounidense, debe ser emitido por el FBI; si es canadiense, debe ser un reporte con huellas del RCMP.

    • Si regresa a su país después de emitido el certificado y antes de presentar la solicitud, dicho documento perderá validez y deberá obtener uno nuevo.

    • Debe estar autenticado por el Consulado Panameño o debidamente apostillado en el país de emisión.

  6. Documentos para Dependientes:

    • Para cónyuges: Certificado de matrimonio emitido con menos de seis (6) meses de antigüedad.

    • Para hijos: Certificado de nacimiento. Para hijos entre 18 y 25 años, también se debe probar que están inscritos a tiempo completo en una universidad.

    • Para padres: Certificado de nacimiento del solicitante (aplica si el solicitante tiene hijos menores de 18 años). Estos documentos deben estar autenticados por el Consulado Panameño o debidamente apostillados.

Nota: Para que estos documentos sean válidos al momento de la solicitud, deben estar autenticados por el Consulado Panameño en el país de emisión o debidamente apostillados.

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